Certificación de Copia Fotostática del Acta de Reconocimiento Consular - Embajada de Venezuela en Costa Rica

Embajada de Venezuela en Costa Rica

Certificación de Copia Fotostática del Acta de Reconocimiento Consular

La certificación de copia fotoestática del acta de reconocimiento es un documento que certifica el Registro de Reconocimiento realizado en el Consulado.

REQUISITOS

  • Original y copia simple del documento de identidad del solicitante.
  • Autorización o poder autenticado, en caso de que aplique
  • Copia fotostática o datos del acta a certificarse
  • Comprobante de pago correspondiente al arancel consular

Es importante destacar que la información contenida en el registro civil es pública, sin embargo, los asientos y la información relativa a los niños, niñas y adolescentes son de carácter confidencial, por lo que la certificación que se solicite, solo podrá expedirse a los padres, madres, representantes, responsables o mandatarios y a la autoridad administrativa o judicial competente (artículo 60 de la Ley Orgánica de Registro Civil).

TIEMPO DE ENTREGA: Diez (10) días hábiles, contados a partir de la consignación de los recaudos.

ARANCEL CONSULAR: El costo del arancel consular debe ser consultado en la Representación Diplomática o Consular.

IMPORTANTE:

Recuerde que para realizar cualquier trámite ante nuestra sección consular debe haber realizado Registro Consular para mayor información, contáctenos al correo: registroconsular.rbvcostarica@gmail.com