Registro de Defunción - Embajada de Venezuela en Costa Rica

Embajada de Venezuela en Costa Rica

Registro de Defunción

El Registro de Defunción es un documento que certifica la inscripción ante la Misión Diplomática de la defunción en el extranjero de un ciudadano venezolano, el cual será inserto en el territorio nacional ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).

REQUISITOS PARA LA INSERCIÓN DE LA DEFUNCIÓN:

  • Un (1) ejemplar original y dos (2) copias del certificado o acta de defunción emitida por autoridad extranjera debidamente apostillado o legalizado y traducido por un intérprete público, si fuere el caso. Certificado o cupón de defunción y 2 copias simples extendidas por el TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES, EL TRÁMITE DURA 10 DÍAS HÁBILES PARA LA ENTREGA DEL DOCUMENTO, SE LE DEBE APORTAR UN ENTERO BANCARIO CON LOS SIGUIENTES TIMBRES, 12,50 DE TIMBRES FISCALES Y 5 COLONES DE TIMBRE DE ARCHIVO NACIONAL PARA UN TOTAL DE 17, 50 COLONES POR CONCEPTO DE TIMBRES
  • Tres (3) copias simples de la cédula de identidad o pasaporte de la persona fallecida
  • Original y tres (3) copias simples de la cédula de identidad o pasaporte de la persona que declara la defunción
  • Tres (3) copias simples del acta de nacimiento, de la Gaceta Oficial o del Certificado de Naturalización de la persona fallecida. En caso de no tener el acta de nacimiento, podrá indicar los datos de inscripción
  • Tres (3) copias simples del acta de matrimonio de la persona fallecida o datos de la inscripción, si fuere el caso
  • Original y tres (3) Copias simples del documento de identidad del cónyuge, si fuere el caso
  • Tres (3) copias simples del acta de nacimiento de los (las) hijos(as) o datos de la inscripción, si fuere el caso
  • Un (1) original y dos (2) copias de la solicitud expresa debidamente motivada, en caso de que se requiera la inserción de la defunción de una persona extranjera y constancia que evidencie la existencia del vínculo filial conforme al artículo 125, numeral 4 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
  • Si la persona fallecida era venezolana por naturalización: Tres (3) copias de la Gaceta oficial.

PROCEDIMIENTO:

  1. Asista el día y la hora de su cita a consignar los recaudos.
  2. Será contactado en un lapso de diez (10) días hábiles para que retire el registro en la sede Consular con su documento de identificación original.

 

TIEMPO DEL TRÁMITE: diez (10) días hábiles, una vez recibidos los recaudos.

ARANCEL CONSULAR: Este trámite es gratuito.

IMPORTANTE:

Recuerde que para realizar cualquier trámite ante nuestra sección consular debe haber realizado Registro Consular para mayor información, contáctenos al correo: registroconsular.rbvcostarica@gmail.com